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Orientación¿Qué debe hacer si tiene que cobrar la Indemnización por Pérdida Total de su vehículo y el Gravamen muestra una Afectación de Prenda?Si la Póliza de Seguro de su vehículo está endosada a favor de Acreedor o entidad Crediticia, es normal que su gravamen contenga el Asiento de "Prenda Vehicular, o 'Prenda Convencional' ya que en caso de Indemnización por "Pérdida Total” ésta será a favor del Prendatario, siempre que éste a su vez sea el 'Endosado". Si la Póliza no estuviera endosada y existiera la Prenda, entonces Ud. acérquese a su acreedor y siempre y cuando la deuda se encuentre debidamente cancelada, exija La Carta de Levantamiento de Afectación de Prenda, dicha carta debe contener las firmas correctamente legalizadas por Notario Público y luego presentarla en el registro de propiedad vehicular donde luego de recepcionada le liquidarán el Derecho correspondiente. Esta gestión demora de dos a tres días útiles. Si su deuda no estuviera cancelada y Ud. no se encontrara en condiciones de cancelarla, entonces obtenga el estado de cuenta proyectado a 10 días calendarios, preséntela a su seguro solicitando que proceda a cancelar lo adeudado y luego le deduzca dicho importe más el Derecho de Levantamiento de Prenda, para lo cual Ud. colaborará gestionando ante su acreedor La Carta de Levantamiento de Afectación y la entregará a su seguro. << Regresar |
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