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Orientación¿Qué debo hacer si tengo que cobrar mí indemnización por Pérdida Total y me falta uno o dos años para culminar el pago del impuesto Vehicular?Verifique en su estado de cuenta que al año vigente el impuesto esté totalmente pagado y Declare la Baja por Siniestro para que no le cobren el año siguiente. La Baja se gestiona presentando copia del documento con el que su seguro le solicita los requisitos para indemnizarle y una copia del parte policial del asiento de robo o choque , recuerde que la Baja se hace efectiva solamente si una vez cobrada la indemnización se regresa a las oficinas del SAT con la copia del documento indemnizatorio, sólo este acto final garantiza que no le cobrarán el impuesto para el año próximo. No olvide que para que le acepten la Baja, el impuesto debe estar anualmente pagado. << Regresar |
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